«IVA diferido 2020»
¿Cómo solicitar el IVA diferido?
Estimados colaboradores,
Ya nos encontramos en noviembre y como cada año se os otorga la posibilidad de poder acogeros a las ventajas financieras que supone solicitar el diferimiento del 21% de IVA en vuestras importaciones.
Esta alternativa es una garantía en la cual la única molestia es tener que acogerse a la presentación de las liquidaciones de IVA con carácter mensual, una molestia menor si lo pensamos dados los tiempos que corren y ante las cada vez mayores dificultades para obtener financiación y/o avales aduaneros.
A continuación, explicamos resumidamente el proceso:
En primer lugar, se debe presentar la Declaración Censal a través del modelo 036.
De esta forma, la cuota de IVA a la importación liquidada por Aduanas se incluye directamente en la declaración-liquidación del impuesto correspondiente al periodo en que se reciba el documento donde conste dicha liquidación, en lugar de ingresarlo conjuntamente con el resto de los tributos del DUA de importación, evitando el efecto financiero del ingreso de dicha cuota.
Las condiciones para poder acogerse al IVA diferido son las siguientes:
-Debe tratarse de un empresario o profesional que actúe como tal.
-Tener un período de liquidación que coincida con el mes natural.
-Solicitar la aplicación del IVA diferido en los plazos establecidos.
Quedamos a vuestra disposición para comentar las dudas que podáis tener al respecto.
Saludos cordiales,
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